La discapacidad mental o psíquica, es un término amplio que abarca una serie de condiciones que afectan al funcionamiento cognitivo de una persona. Una persona con discapacidad mental puede tener dificultades de aprendizaje, comunicación, memoria y capacidad para resolver problemas.
Según la OMS (Organización Mundial de la Salud), la discapacidad es un fenómeno complejo, producto de las características de la persona y su contexto. Según la Clasificación Internacional del Funcionamiento (CIF) se dice que una persona tiene discapacidad psíquica cuando se presentan trastornos en lo que se denomina comportamiento adaptativo. Este tipo de discapacidad se podría incluir en una categoría aparte, ya que se relaciona con la enfermedad mental (como, por ejemplo, la depresión mayor, la esquizofrenia, la bipolaridad, los trastornos esquizomorfos, el síndrome orgánico, los trastornos de pánico, síndromes, etc.).
Según una noticia publicada por la Fundación Once en 2021, en España hay 511.300 personas con discapacidad psíquica (192.400 con discapacidad intelectual y 318.900 con discapacidad psicosocial) que representan el 17,3% del conjunto de personas con discapacidad.
¿Qué es la discapacidad psíquica?
Por lo tanto, la discapacidad psíquica abarca tanto la discapacidad intelectual como la discapacidad psicosocial (o discapacidad por lo que se conoce habitualmente como enfermedad mental).
Discapacidad intelectual
La discapacidad intelectual recibe una nueva definición en el año 2022, como explican Miguel Ángel Verdugo y Enrique Galván en el espacio digital ofrecido por Plena Inclusión. Dichas modificaciones, en relación con definiciones de discapacidad intelectual anteriores, son:
- La existencia de una limitación en el funcionamiento intelectual, relacionada con la comprensión y el razonamiento.
- Limitación de la conducta adaptativa, es decir, la asimilación de conceptos, las relaciones sociales o las acciones prácticas.
- Puede originarse antes de los 22 años.
Este cambio es importante porque modifica nuestra forma de comprender la discapacidad intelectual (DI), la manera en la que se les brinda apoyo y las ayudas que se le ofrece al colectivo (Verdugo, Shalock y Gómez, 2021). La definición de DI, por lo tanto, se centra en cómo apoyar a las personas y qué acciones deben tomarse para mejorar su calidad de vida. Además, se incluyen dimensiones como la capacidad adaptativa de la persona a los cambios, su salud y nivel de participación y la importancia de su contexto.
Discapacidad psicosocial
La discapacidad mental ya no se entiende como tal, sino que se habla de discapacidad psicosocial. Para Pérez-Ramírez (2021), la discapacidad psicosocial, se define como una limitación en las funciones de la mente que pueden desembocar en disfunciones temporales, o permanentes, afectando a la realización de actividades cotidianas. Con base en el modelo social, se define como una restricción de la psique que es causa del entorno social. Sin embargo, desde el modelo médico propuesto por la OMS (2013; 2010), la discapacidad mental es un patrón de comportamiento de significación clínica que se relaciona con diversos trastornos caracterizados por una combinación de emociones, pensamientos y comportamientos que afectan a las relaciones sociales, y se catalogan, como se comentaba anteriormente, atendiendo a diversos trastornos (psicóticos, del neurodesarrollo, depresión, bipolaridad, demencia, etc.).
La Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad de la OMS, es el instrumento internacional más reciente en la materia, en el que se han incorporado nociones y visiones que rompen con estructuras inoperantes que han mantenido al colectivo de personas con discapacidad en la invisibilidad, y la exclusión (Fernández, 2017). Estos cambios, para Fernández (2017), son especialmente importantes en las personas que presentan discapacidad mental o psicosocial, colectivo al cual no sólo se le reconoce sino que se distingue y diferencia de las personas que presentan discapacidad física, sensorial y particularmente, las personas con discapacidad intelectual.
Personas con discapacidad psíquica
Las personas con discapacidad psicosocial han sido consideradas históricamente como personas “enfermas mentales” dentro de un cajón muy amplio denominado discapacidad mental. Las personas con discapacidad intelectual igualmente quedaban disipadas dentro de este cajón. Como explica Fernández: El reconocimiento por la Convención de que las personas con “enfermedades mentales o discapacidad psíquica” son ahora personas con discapacidad intelectual o discapacidad psicosocial, cuyas características son diferentes y específicos, respecto a las personas con otro tipo de discapacidad, se considera uno de los grandes logros para este instrumento internacional.
Este reconocimiento implica la obligación de los Estados de adoptar las medidas necesarias con el fin de cumplir con que este colectivo, al igual que el resto de las personas con discapacidad, incluyendo aquellas con una mayor necesidad de apoyo, tengan los mismos derechos que el resto de personas.
En palabras de la propia autora (Fernández, 2017):
“A partir de la Convención cualquier legislación o política pública que aborde la problemática de las personas con discapacidad mental o psicosocial debe reconocer que el principal obstáculo para el ejercicio de sus derechos y de su plena inclusión social no es la discapacidad en sí, sino los límites que las diferentes culturas y sociedades imponen a la conducta y comportamiento humanos, así como por el estigma social y las consecuentes actitudes y prácticas discriminatorias de que han sido y continúan siendo objeto”.
Bibliografía:
- Fernández, M. T. (2017). La discapacidad mental o psicosocial y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Revista de Derechos humanos. 11.
- Pérez-Ramírez, B. (2021). De la noción de trastorno mental al concepto de discapacidad psicosocial a partir de una intervención situada. Inter disciplina, 9(25), 233-256.
- Verdugo Alonso, M. Ángel, Schalock, R. L., y Gómez Sánchez, L. E. (2021). El modelo de calidad de vida y apoyos: la unión tras veinticinco años de caminos paralelos. Siglo Cero Revista Española Sobre Discapacidad Intelectual, 52(3), 9–28. https://doi.org/10.14201/scero2021523928
Autores: Lola Izuzquiza, Yone Castro, Andrés Cabrera, María D´Orey.


tengo un hijo de 41 años diagnosticado de TOC, ESQUIZOFRENIA etc. tiene reconocida una minusvalía del 66% , cobra una pensión contributiva en grado de absoluta con complementos a mínimos. Actualmente vive solo ya que es muy difícil la convivencia debido a sus obsesiones. aunque es bastante autónomo.
Solamente me tiene a mi de familia y apoyo ( su madre fellecio en el 1994. Por lo que me consulta sus dudas y lo que ha de hacer.
El problema es que pasara cuando yo haya fallecido ya que no hay mas familiares donde poder apoyarse, por lo que agradecería me pudiesen indicar como poder solucionarlo para que él pudiese contar con asesoramiento dadas sus limitaciones.
GRacias.
Buenas tardes Pedro:
Es una situación muy compleja para atajar y responder en unas líneas, nos tememos que no es suficiente.
Actualmente existen entidades sociales que prestan apoyo a las personas con algún tipo de enfermedad mental y que cuentan con necesidades de apoyo para su funcionamiento. Algunas de estas entidades cuentan con lo que hasta ahora se han llamado fundaciones tutelares, cuyo objetivo es apoyar en todas las áreas necesarias a aquellas personas que están representando legalmente. Recientemente ha habido un cambio en la legislación, por lo que en algunos casos se establecen medidas de apoyo voluntarias y en otros la curatela, mediante resolución judicial.
Quizás sería interesante que pudieras contactar con una entidad especializada en Salud Mental, como pudiera ser Fundación Manantial o con Fundación Tutelar San Juan de Dios… o bien directamente con Trabajo Social del Centro de Salud Mental de vuestra referencia.
Igualmente también existe la AMAPAD, Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad, organismo público perteneciente a la Comunidad de Madrid que, en última instancia se ocupa de apoyar aquellas personas que no tienen figuras de apoyo, en caso de necesidad.
Os ayudarán a valorar vuestra situación y determinar qué tipo de acciones de apoyo son necesarias (si es que actualmente lo son) y cómo organizar, con la participación de tu hijo, su futuro.
Esperamos haberte resuelto algunas dudas y haberte encaminado un poco.
Un saludo.
Buenas tardes.
Tengo una discapacidad psíquica reconocida del 36% (año 2007).
En 2005 tras aprobar las oposiciones para profesor de secundaria me apareció la enfermedad. La Junta de Castilla y León propuso jubilarme por incapacidad absoluta (episodios depresivos graves con síntomas psicóticos CIE 10F33.3 y trastorno mixto de la personalidad CIE 10F60). Pero como al final se inhibieron diciendo que como yo antes era policía, les correspondía al CNP jubilarme. En mi confusión mental de entonces, al final pedí la baja como profesor.
Ahora un abogado me dice que la JCyL cometió conmigo varias irregularidades, pues me tenían que haber jubilado como profesor (y no como policía, perdiendo bastante dinero). Mi pregunta es si existe alguna normativa que obligue a las Administraciones a tomar medidas especiales con personas con discapacidad (como fue mi caso).
Gracias.
Buenos días Juan:
Lo sentimos, pero no somos especialistas respecto al tema que abordas. Imaginamos que el abogado al que te refieres se apoyará en jurisprudencia concreta, de modo que si consideras reclamar al respecto puedes o no apoyarte en sus indicaciones.
Un saludo.
Buenas noches
Tengo una duda que creo tiene una respuesta simple. ¿Una discapacidad psíquica por un daño cerebral por enfermedad, entra dentro de las consideradas como intelectual? Lo pregunto específicamente para las plazas reservadas en oposiciones públicas. Veo que han «desaparecido» las plazas reservadas para discapacitados psíquicos, dentro de los discapacitados en general, y me resolvería mucho saberlo para saber a qué plazas puedo acceder
Buenos días Daniel:
Si te refieres al daño cerebral adquirido, puede originar discapacidad intelectual.
Los requisitos para el acceso a puestos protegidos en la Administración mediante oposición tienen requisitos y criterios diferentes, por lo que deberás revisar en cada caso cuáles son y si eres susceptible de poder beneficiarte de esa plaza.
Un saludo.
Antes de nada , mil gracias por la respuesta. Si, en mi caso particular en un DCA, con secuelas psíquicas (memoria), he solicitado un dictamen del reconocimiento de discapacidad, en Andalucía en este caso, donde me aparecen marcadas con su porcentaje tanto psíquica como física, y en blanco tanto Sensorial como Intelectual. Consulte en el centro de valoración, al parecer hay un reciente cambio de normativa y no supieron explicarme bien… Depende de donde se busque, aparece Encefalitis como DCA que debería entenderse sus secuelas como intelectual… Cuento todo esto por si vale para alguien, por si está en situación igual o parecida, y sabe cómo actuar, reclamar o servicio jurídico experimentado es este campo. Perdón por la parrafada, gracias
Hola Daniel.
Gracias por compartir tu experiencia que, estamos seguros, ayudará a otras personas en tu misma situación.
Un abrazo.