Prestación por hijo a cargo con discapacidad en la Comunidad de Madrid: requisitos y procedimiento
¿Qué es?
La prestación por hijo a cargo con discapacidad en la Comunidad de Madrid es una ayuda económica destinada a familias con hijos que tienen discapacidad. Esta prestación se otorga sin tener en cuenta la situación laboral de los padres y su cuantía depende del grado de discapacidad del hijo/a y de la situación económica familiar.
Beneficiarios:
La prestación por hijo a cargo puede darse en las siguientes situaciones:
- Cuanto el hijo o menor acogido tiene menos de 18 años y un grado de discapacidad del 33 % o más.
- Cuando el hijo tiene más de 18 años y un grado de discapacidad del 65 % o más.
- Cuando el hijo tiene más de 18 años y un grado de discapacidad igual o superior al 75 % y que, como consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesiten el concurso de otra persona para realizar los actos vitales más elementales como vestirse, desplazarse, comer o análogos:
Cuantías:
La cuantía de la ayuda varía de la siguiente manera:
- Para hijos o menores a cargo con discapacidad igual o superior al 33 %: 1000,00 euros anuales por hijo (83,33 euros mensuales). No se exige en estos casos límite de recursos económicos al tratarse de una persona con discapacidad.
- Para hijos mayores de 18 años con discapacidad igual o superior al 65 % de discapacidad: 439,60 euros anuales por hijo (453,30 euros mensuales). No se exige en estos casos límite de recursos económicos al tratarse de una persona con discapacidad.
- Para hijos mayores de 18 años con discapacidad igual o superior al 75 % de discapacidad: 158,80 euros anuales por hijo (679,90 euros mensuales). No se exige en estos casos límite de recursos económicos al tratarse de una persona con discapacidad.
Solicitud:
Para solicitar esta prestación es necesario seguir los siguientes pasos en el siguiente enlace https://pssc.seg-social.es/prestacion-hijo-a-cargo :
- Descargar el formulario.
- Rellenar el formulario.
- Enviar el formulario.
Posteriormente en el mismo enlace puedes revisar el estado de tu solicitud indicando el número de referencia y tus datos personales.
Documentación a presentar:
- Documento nacional de identidad en caso de españoles y asimilable en caso de extranjeros
- Certificado de empadronamiento.
- Libro de familia.
- En los supuestos de separación o divorcio: sentencia, convenio regulador o asimilable.
- En los supuestos de tutela, curatela, guarda o acogimiento, la resolución judicial.
- Certificado de discapacidad.
Plazos:
De acuerdo con el artículo único del Real Decreto 286/2003, de 7 de marzo, el plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento iniciado es de 45 días contados desde la fecha en que la solicitud ha sido registrada en esta Dirección Provincial, o en su caso, desde que haya aportado los documentos requeridos.
Contacto:
Para información más específica sobre este tema o resolver dudas puedes llamar al 901 16 65 65/ 91 542 11 76 de la Seguridad Social o bien pidiendo cita a través del siguiente enlace:
https://sede.segsocial.gob.es/wps/portal/sede/sede/Ciudadanos/cita+previa+para+pensiones+y+otras+prestaciones/13cita+previa+para+pensiones+y+otras+prestaciones
Referencias:
El Real Decreto 356/1991, de 15 de marzo, por el que se desarrolla, en materia de prestaciones por hijo a cargo, la Ley 26/1990, de 20 de diciembre, por la que se establecen en la Seguridad Social prestaciones no contributivas.
Autores: Gerardo Armero


Hola buenas tardes. Tengo un hijo con una discapacidad del 78%. El cobra la prestación no contributiva. Puedo pedir la ayuda por hijo a cargo discapacitado? Gracias
Hola Sandra:
Gracias por consultar tus dudas en este espacio. Lamentablemente la prestación por hijo a cargo es incompatible con la condición, por parte del hijo, de invalidez en la modalidad no contributiva.
Sí que es compatible con la Prestación por Cuidados en el Entorno Familiar, derivado de la Ley de Promoción de Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, en el caso de que fuera valorado como dependiente y en su PIA se recoja esta modalidad.
Un saludo.
Tengo un hijo con discapacidad del 65%, tiene 23 años
Ha empezado a trabajar por no cobrar prestaciones no contributiva
Yo tampoco recibo prestaciones por hijo dependiente
Que puedo hacer? Dónde solicitar?
Que formularios en caso afirmativo?
Gracias
Hola Pilar:
La Prestación por Hijo a Cargo se concede cuando la persona con discapacidad tiene un 65 % o más, por lo que no podrías acceder a ella.
En el caso de que tu hijo requiera apoyos diarios puedes solicitar a tu comunidad autónoma la valoración de la situación de Dependencia; puedes pedir cita en Servicios Sociales de tu lugar de residencia y que te expliquen el proceso.
Un saludo.