El Consejo de ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, el Real Decreto por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. Este nuevo baremo de la valoración de la discapacidad sustituye al que estaba en vigor desde 1999, y se adapta al modelo social de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas. Su entrada en vigor se producirá el 20 de abril de 2023

Esta reformulación da respuesta a una demanda de actualización promovida por las personas con capacidades diferentes, un colectivo formado por 4,38 millones de personas en España (según datos del INE). Los menores con discapacidad ejercerán sus derechos en igualdad de condiciones, recibirán asistencia y apoyos adaptados a sus circunstancias y tendrán el mismo derecho que los adultos a ser informados y escuchados.

La tramitación del procedimiento para el reconocimiento, la declaración y calificación del grado de discapacidad va a poder realizarse telemáticamente siguiendo los criterios de la accesibilidad universal. De igual modo, permite que la persona pueda ir acompañada. 

Este nuevo baremo tiene en cuenta otras realidades, como, por ejemplo, las discapacidades psicosociales, el autismo o las enfermedades raras. 

Nuevos grados de discapacidad

Actualmente, con el RD 1971/1999 del 23 de diciembre, existen 5 grados de discapacidad:

  • Grado 1: discapacidad nula.
  • Grado 2: discapacidad leve, con un grado de discapacidad entre el 1 y el 24%.
  • Grado 3: discapacidad moderada, con un grado de discapacidad entre el 25 y el 49%.
  • Grado 4: discapacidad grave, con un grado de discapacidad entre el 50 y el 74%.
  • Grado 5: discapacidad muy grave, del 75% en adelante.

Con el cambio de normativa, el RD 888/2022 establece los siguientes grados de discapacidad:

  • Grado 0: No hay discapacidad mientras se valore entre el 0% y el 4%. La persona no tiene dificultad alguna para desenvolverse en las actividades de su vida diaria.
  • Grado 1: Leve (del 5% al 24%). La persona es independiente en la práctica totalidad de las actividades diarias.
  • Grado 2: Moderada (del 25% al 49%). La persona presenta cierta dificultad en las actividades diarias, aunque tiene independencia en los autocuidados.
  • Grado 3: Grave (del 50% al 95%). La persona tiene dificultad elevada en la consecución de las actividades diarias, incluyendo los autocuidados.
  • Grado 4: Total o Completa (del 96% al 100%). La persona presenta dificultad absoluta para la consecución de las actividades diarias, incluyendo los autocuidados.

La nueva normativa incluye en sus anexos la manera de valorar a personas con varias patologías o diagnósticos.

Baremos de valoración:

A partir de ahora, para hallar el grado de discapacidad que corresponde a una persona, se debe utilizar una nueva fórmula que contiene cuatro baremos:

  1. Evaluación de las Funciones y estructuras corporales/Deficiencia Global de la Persona (BDGP): 

A través de este primer baremo evalúa la afectación en cuanto a funciones fisiológicas y mentales, así como de los órganos y partes del cuerpo (vista, oído, lenguaje, sistemas internos (respiratorio, digestivo, …), huesos, músculos y piel). Los calificadores de gravedad que sea aplican aquí son:

  • 0= Insignificante
  • 1 = Leve
  • 2 = Moderado
  • 3 = Grave
  • 4 = total
  1. Evaluación de las Capacidades/Limitaciones en la Actividad (BLA).:

Aquí se mide la capacidad para desenvolverse en las actividades más básicas de la vida diaria, valorando el esfuerzo requerido para llevarlas a cabo y el posible grado de dolor.

Esto incluye el autocuidado y la movilidad, que constituyen otros dos baremos específicos denominados BLGTAA y BLAM. Pero, en general, los resultados de la medición pueden ser los siguientes:

  • No hay dificultad: 0 a 4% (ninguna, insignificante).
  • Dificultad leve: 5 a 24% (poca, escasa).
  • Dificultad moderada: 25 a 49% (media, regular).
  • Dificultad grave: 50 a 95% (mucho, extrema).
  • Dificultad completa: 96 a 100% (total).
  1. Evaluación del Desempeño/Restricciones en la Participación (BRP-QD): 

Donde se estudian las limitaciones de la persona en su entorno real y los posibles problemas para implicarse en situaciones vitales.

  • No hay dificultad, o insignificante, inferior al 5%.
  • Dificultad ligera, leve, poco, entre 5 y 24%.
  • Dificultad moderada, entre 25 y 49%.
  • Dificultad grave, entre 50 y 95%.
  • Dificultad total, completa…, mayor del 95%.
  1. Evaluación de los Factores Contextuales/Barreras Ambientales (BFCA):

Este cuarto baremo se centra en factores tanto personales como externos que pueden tener una influencia positiva o negativa (ser una barrera), siendo la escala la siguiente:

  • Ninguna, insignificante………………………………….no hay barrera
  • Poca, escasa………………………………………………………..barrera leve
  • Media, regular…………………………………………………….barrera moderada
  • Extrema………………………………………………………………..barrera grave
  • Total………………………………………………….……………………barrera completa

 

El último de estos baremos no siempre se aplica, pero, si se aplica, el porcentaje obtenido en la evaluación BDGP, BLA, y BRP-QD, se podrá modificar con la suma de puntos por BFCA, con un máximo de 24 puntos.

Baremos BLGTAA: Dependencia de terceros

Este ‘Baremo de Limitación Grave y Total en el dominio de Autocuidado’ se enfoca hacia personas que ostentan un porcentaje de discapacidad igual o superior al 75%, y que por tanto se considera que necesitan la ayuda de terceras personas en su vida cotidiana. Está relacionado con la evaluación BLA. 

A ellas se les puede reconocer un GDA (grado de discapacidad ajustado) de alguno de estos niveles, según gravedad:

  • BLGTAA (25-39%) GDA del 75%
  • BLGTAA (40-54%) GDA del 85%
  • BLGTAA (55-74%) GDA del 95%
  • BLGTAA (75%) GDA del 96%

Baremo BLAM para la movilidad reducida:

El “Baremo de Limitaciones en las Actividades de Movilidad” es el que se emplea para certificar la movilidad reducida. Cuando se asigne una limitación final de movilidad igual o superior al 25% se determinará que la persona tiene, oficialmente, movilidad reducida y dificultades para utilizar el transporte colectivo.

Resumiendo

Baremo de evaluación  Significado Baremo 
BDGP Afectación en cuanto a funciones fisiológicas y mentales, así como de los órganos y partes del cuerpo (vista, oído, lenguaje, sistemas internos (respiratorio, digestivo, …), huesos, músculos y piel) • 0= Insignificante
• 1 = Leve
• 2 = Moderado
• 3 = Grave
• 4 = total
BLA Capacidad para desenvolverse en las actividades básicas de la vida diaria, valorando el esfuerzo requerido para llevarlas a cabo y el posible grado de dolor. Esto incluye el autocuidado (BLGTAA) y la movilidad (BLAM). • No hay dificultad: 0 a 4% (ninguna, insignificante).
• Dificultad leve: 5 a 24% (poca, escasa).
• Dificultad moderada: 25 a 49% (media, regular).
• Dificultad grave: 50 a 95% (mucho, extrema).
• Dificultad completa: 96 a 100% (total).
BLGTAA Baremo de Limitación Grave y Total en el dominio de Autocuidado’ , para personas con un porcentaje de discapacidad igual o superior al 75%, y que por tanto se considera que necesitan la ayuda de terceras personas en su vida cotidiana. • BLGTAA (25-39%) GDA del 75%
• BLGTAA (40-54%) GDA del 85%
• BLGTAA (55-74%) GDA del 95%
• BLGTAA (75%) GDA del 96%
BLAM El “Baremo de Limitaciones en las Actividades de Movilidad”, para certificar la movilidad reducida. Cuando se asigne una limitación final de movilidad igual o superior al 25% se determinará que la persona tiene movilidad reducida y dificultades para utilizar el transporte público.   
BRP-QD las limitaciones de la persona en su entorno real y los posibles problemas para implicarse en situaciones vitales. • No hay dificultad, o insignificante, inferior al 5%.
• Dificultad ligera, leve, poco, entre 5 y 24%.
• Dificultad moderada, entre 25 y 49%.
• Dificultad grave, entre 50 y 95%.
• Dificultad total, completa…, mayor del 95%.
BFCA factores tanto personales como externos que pueden tener una influencia positiva o negativa (ser una barrera) • Ninguna, insignificante: no hay barrera
• Poca, escasa: barrera leve
• Media, regular: barrera moderada
• Extrema: barrera grave
• Total: barrera completa

 

Dictamen y plazos 

Se establece que la valoración de discapacidad sea realizada por los órganos técnicos competentes de las comunidades autónomas y los equipos de valoración y orientación del IMSERSO en su ámbito competencial.

Los equipos multiprofesionales deberán contar en su composición, en todo caso, con profesionales del área sanitaria y con profesionales del área social, con titulación mínima de grado universitario o equivalente.

Tras examinar cada caso, el equipo multiprofesional de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad de cada comunidad autónoma emitirá un dictamen que deberá contener los siguientes puntos:

  • El grado de discapacidad concedido.
  • Las puntuaciones obtenidas en los distintos baremos.
  • Los códigos de diagnóstico, deficiencia, limitaciones, restricciones, etc.
  • Si hay o no la necesidad del concurso -ayuda- de otra persona.
  • La existencia de dificultades de movilidad para utilizar el transporte público.

El reconocimiento de grado de discapacidad se entenderá producido desde la fecha de solicitud y tendrá validez en todo el territorio español. En la resolución deberá figurar necesariamente la fecha en que puede tener lugar la revisión.

La resolución se dictará y comunicará en un plazo máximo de seis meses a contar desde la fecha de la solicitud, y se anexará el dictamen propuesto.

Tramitación de urgencia

Se podrá acordar la tramitación urgente del reconocimiento de la discapacidad, tanto de oficio como si así lo demanda la persona afectada, cuando concurran razones de interés público relacionadas con la salud, la violencia de género, la merma en la esperanza de vida (como en los enfermos de ELA) u otras de índole humanitaria.

Analizando las novedades

Una de las principales novedades es la adición de valoraciones relacionadas con la dificultad global, las limitaciones en la actividad, el baremo de desempeño y barreras ambientales, actualizando la clasificación de la discapacidad intelectual. 

Además, se tienen en cuenta las dificultades de la persona en su día a día, independientemente del cociente intelectual. Además, se podrá responder un cuestionario de desempeño que ayudará a identificar barreras al acceso en la relación de la persona con el entorno (de productos, tecnología, servicios y políticas públicas). 

 

 

Fuentes: 

Autores: Yone Castro, Gerardo Armero.